RECLAMACIONES POR DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO

Abogado de discriminación de género en Los Ángeles

Es ilegal que un empleador lo trate de manera diferente en su salario, ascensos, asignaciones o despido debido a su identidad de género. Si esto le ha ocurrido, podemos ayudarle a ponerle fin.

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Abogados galardonados de discriminación de género

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Si necesita un abogado de discriminación de género en Los Ángeles, Mesriani Law Group está aquí para ayudarle. La discriminación por sexo y género en el lugar de trabajo sigue siendo una de las formas más comunes de discriminación laboral en California y afecta a mujeres, hombres, empleados transgénero y personas con expresión o identidad de género no conforme. La ley de California ofrece algunas de las protecciones más sólidas del país contra la discriminación por sexo y género.

En Mesriani Law Group, nuestros abogados de discriminación de género en Los Ángeles representan a empleados cuyos derechos bajo la FEHA de California y el Título VII federal han sido vulnerados, como parte de nuestra práctica más amplia de discriminación laboral. Manejamos todos los casos de discriminación por sexo y género con honorarios de contingencia. Usted no paga nada a menos que ganemos.

Leyes que lo protegen: FEHA y Título VII

Ley de Empleo y Vivienda Justos de California (FEHA)

La FEHA es la principal ley antidiscriminación de California y ofrece protecciones más amplias que la ley federal. Consulte nuestra guía sobre las leyes antidiscriminación de California:

  • Cubre a empleadores con 5 o más empleados (el Título VII exige 15 o más)
  • Protege contra la discriminación basada en sexo, género, identidad de género, expresión de género y orientación sexual
  • Protege expresamente a empleados transgénero y con identidad o expresión de género no conforme contra la discriminación y el acoso en todos los aspectos del empleo
  • Permite daños punitivos por conducta maliciosa u opresiva, a diferencia de la ley federal, que limita los daños según el tamaño del empleador
  • Plazo de prescripción de tres años (ampliado por la SB 807, vigente desde el 1 de enero de 2022)

Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964

El Título VII prohíbe la discriminación laboral basada en el sexo. Consulte nuestra descripción general de las leyes federales y de California contra la discriminación. Entre sus disposiciones principales se incluyen:

  • Cubre a empleadores con 15 o más empleados
  • Bostock v. Clayton County (2020): La Corte Suprema de Estados Unidos determinó que la prohibición del Título VII contra la discriminación por sexo incluye la discriminación basada en la orientación sexual y la condición de persona transgénero. Esta decisión histórica extendió las protecciones federales del Título VII a los trabajadores LGBTQ+ en todo el país.
  • Ley contra la Discriminación por Embarazo (PDA): Es una enmienda al Título VII que prohíbe la discriminación basada en el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas. Los empleadores deben tratar a las empleadas embarazadas de la misma manera que a otros empleados con discapacidades temporales.
  • Aplicación por parte de la EEOC: Antes de presentar una demanda, las reclamaciones bajo el Título VII deben presentarse ante la EEOC dentro de los 300 días siguientes al acto discriminatorio en California

¿Qué es la discriminación por sexo y género según la ley de California?

La discriminación por sexo y género ocurre cuando un empleador toma una medida laboral adversa contra un empleado debido a su sexo, género, identidad de género, expresión de género u orientación sexual. Consulte nuestra guía sobre quién está protegido por la FEHA de California. La FEHA de California prohíbe ampliamente la discriminación basada en:

  • Sexo: Sexo biológico, incluidos masculino y femenino
  • Género: La identidad de género de una persona, es decir, su percepción interna de su propio género, que puede o no coincidir con el sexo asignado al nacer
  • Identidad de género: Protección expresa para empleados transgénero y no binarios
  • Expresión de género: La forma en que una persona expresa su género mediante su apariencia, vestimenta y comportamiento. Los empleadores no pueden discriminar a los empleados por no ajustarse a estereotipos de género.
  • Orientación sexual: Los empleados lesbianas, gays, bisexuales y queer están expresamente protegidos por la FEHA

Tipos de discriminación por sexo y género en los lugares de trabajo de Los Ángeles

Contratación y ascensos discriminatorios

Negarse a contratar, no ascender o seleccionar a candidatos menos calificados debido al sexo o género. Esto incluye exigir estándares más altos a las mujeres que a los hombres para el mismo puesto o dirigir a los candidatos hacia funciones consideradas “propias” de un género basándose en estereotipos.

Discriminación salarial

Pagar de manera diferente a empleados que realizan un trabajo sustancialmente similar debido al sexo, género, raza u origen étnico. Consulte nuestra página sobre reclamaciones de igualdad salarial. La Ley de Igualdad Salarial de California (Código Laboral § 1197.5) y la Ley Federal de Igualdad Salarial prohíben las diferencias salariales basadas en el sexo. En California, el historial salarial previo no puede justificar legalmente una diferencia salarial.

Enlace interno: ‘reclamaciones de igualdad salarial’ → /employment-labor/equal-pay-act-discrimination/

Estereotipos de género

La discriminación basada en estereotipos de género, es decir, penalizar a empleados por no ajustarse a los roles o características de género esperados, está prohibida tanto por la FEHA como por el Título VII. Algunos ejemplos incluyen:

  • Criticar a una mujer por ser “demasiado agresiva” o “no lo suficientemente femenina” mientras se elogia a hombres por el mismo comportamiento
  • Negar a un hombre una licencia para cuidar a un familiar mientras se aprueba una licencia similar para mujeres
  • Penalizar a un empleado transgénero por no ajustarse a las expectativas de su empleador respecto del sexo que se le asignó al nacer
  • Exigir a una mujer estándares de apariencia profesional más estrictos que a los hombres en el mismo puesto

Acoso sexual

El acoso sexual es una forma de discriminación por sexo. Consulte nuestra página sobre acoso laboral. Incluye insinuaciones sexuales no deseadas, solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual que crean un ambiente laboral hostil o dan lugar a una medida laboral adversa. La FEHA de California aplica un estándar similar al de la ley federal, pero con una cobertura más amplia de empleadores y recursos legales más sólidos.

Discriminación por embarazo

La discriminación basada en el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas está prohibida. Consulte nuestra página sobre discriminación por embarazo conforme a la Ley Federal contra la Discriminación por Embarazo, el Título VII, la FEHA de California y la ley de Licencia por Discapacidad por Embarazo de California (PDL). Esto incluye el despido después de anunciar un embarazo, la negativa a proporcionar adaptaciones razonables y la falta de otorgamiento de la licencia PDL exigida.

Discriminación contra personas LGBTQ+

La FEHA de California protege expresamente a los empleados contra la discriminación basada en orientación sexual, identidad de género y expresión de género. Desde Bostock v. Clayton County (2020), el Título VII federal también extiende estas protecciones. La discriminación contra personas LGBTQ+ puede presentarse como despido, acoso, denegación de beneficios o exclusión de oportunidades.

Ambiente laboral hostil basado en sexo o género

Un patrón de conducta basado en el sexo o género que sea lo suficientemente grave o generalizado como para alterar los términos y condiciones de empleo. Esto incluye comentarios sexuales, bromas degradantes, contacto físico no deseado y comentarios despectivos sobre el género o la identidad de género de una persona.

Estereotipos de género como discriminación: la doctrina Price Waterhouse

Una forma fundamental y a menudo ignorada de discriminación por sexo son los estereotipos de género. Conforme a Price Waterhouse v. Hopkins (1989) y la legislación posterior de California, un empleador discrimina por razón de sexo cuando toma una medida adversa contra un empleado por no ajustarse a estereotipos basados en el sexo sobre cómo deben verse, actuar o comportarse los hombres o las mujeres.

Esta doctrina protege a una amplia variedad de empleados que no se ajustan a las expectativas tradicionales de género, incluidas mujeres consideradas demasiado asertivas, hombres considerados demasiado sensibles y empleados transgénero o con identidad de género no conforme cuya expresión no coincide con el sexo asignado al nacer. Nuestros abogados aplican esta doctrina para ampliar el alcance de las reclamaciones por discriminación por sexo mucho más allá de las diferencias tradicionales de salarios y ascensos.

Ejemplos comunes de discriminación por sexo y género en Los Ángeles

  • Despido después de anunciar un embarazo o de regresar de una licencia de maternidad
  • Ser ignorado para un ascenso en favor de un candidato masculino menos calificado
  • Exclusión de puestos de liderazgo, reuniones con clientes o proyectos de alto perfil debido al género
  • Recibir un salario inferior al de un compañero hombre que realiza sustancialmente el mismo trabajo
  • Evaluaciones de desempeño negativas o medidas disciplinarias por conductas que son elogiadas en empleados de otro género
  • Acoso basado en el género por parte de supervisores o compañeros de trabajo que la gerencia no abordó
  • Despido, descenso de puesto o denegación de beneficios después de revelar una identidad transgénero o iniciar una transición
  • Segregación laboral , es decir, asignar funciones a los empleados en función de estereotipos de género y no de sus calificaciones

Cómo demostrar la discriminación por sexo y género

Los casos de discriminación por sexo y género pueden basarse en pruebas directas o circunstanciales:

  • Pruebas directas: Declaraciones explícitas de quienes toman decisiones que revelen prejuicios por sexo o género, como el comentario de un gerente de que “los clientes prefieren tratar con hombres”, una evaluación de desempeño que critique a una empleada por ser “poco femenina” o un correo electrónico que exprese preocupación por contratar a una mujer en edad fértil.
  • Pruebas comparativas: Pruebas de que empleados de otro género recibieron un trato más favorable en circunstancias similares, por ejemplo, en contratación, ascensos o evaluaciones.
  • Pruebas estadísticas: Patrones demográficos en contratación, ascensos y remuneración que muestran diferencias sistemáticas según el género.
  • Análisis de pretexto: Demostrar que la razón indicada por el empleador para la medida adversa es una justificación falsa que oculta el verdadero motivo discriminatorio.

¿Qué compensación puede recuperar?

  • Salarios atrasados: Salarios y beneficios perdidos desde la fecha del acto discriminatorio
  • Salarios futuros: Pérdida de ingresos futuros si la reincorporación no es viable
  • Daños compensatorios: Angustia emocional, humillación y daño a la reputación profesional
  • Daños punitivos: Disponibles bajo la FEHA por conducta maliciosa u opresiva
  • Honorarios y costos de abogados: Los demandantes que prevalecen pueden recuperar honorarios de abogados tanto bajo la FEHA como bajo el Título VII
  • Reincorporación: Una orden judicial que obliga al empleador a volver a contratarlo

Plazos para presentar reclamaciones por discriminación por sexo y género

  • Reclamaciones bajo la FEHA: Presente la reclamación ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) dentro de los tres años siguientes al acto discriminatorio
  • Reclamaciones bajo el Título VII: Presente la reclamación ante la EEOC dentro de los 300 días siguientes al acto discriminatorio
  • Después del aviso de derecho a demandar: Un año bajo la FEHA o 90 días bajo el Título VII para presentar una demanda

Importante: Las pruebas en casos de discriminación de género, como correos electrónicos, evaluaciones de desempeño, registros de remuneración y testimonios de testigos, pueden desaparecer rápidamente. Comuníquese lo antes posible con un abogado de discriminación de género en Los Ángeles. Si su empleador tomó represalias contra usted por presentar una queja, consulte nuestra página sobre represalias laborales.

¿Por qué elegir a Mesriani Law Group como su abogado de discriminación de género en Los Ángeles?

  • Más de 30 años representando a mujeres, hombres y empleados LGBTQ+ en casos de discriminación por sexo y género en Los Ángeles y en todo California
  • Cientos de millones de dólares recuperados para nuestros clientes
  • Amplio conocimiento de la FEHA, el Título VII, Bostock, la doctrina Price Waterhouse sobre estereotipos de género y la Ley de Igualdad Salarial de California
  • Experiencia con todas las formas de discriminación por sexo y género, desde contratación y ascensos hasta diferencias salariales, discriminación contra personas LGBTQ+, discriminación por embarazo y acoso sexual
  • Si no ganamos, no paga. Usted no paga nada a menos que ganemos su caso
  • Disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana, en inglés, español y farsi

Reclamaciones por discriminación de género: preguntas frecuentes

1. ¿La ley contra la discriminación por sexo protege a los empleados LGBTQ+ en California?

Sí. La FEHA de California protege expresamente a los empleados contra la discriminación basada en orientación sexual, identidad de género y expresión de género. Desde Bostock v. Clayton County (2020), el Título VII federal también protege a los empleados LGBTQ+ contra la discriminación por sexo. Las protecciones de California siguen siendo más amplias y cubren a empleadores más pequeños, con 5 o más empleados. Consulte nuestra guía sobre quién está protegido por la FEHA de California.

2. ¿Qué es la discriminación basada en estereotipos de género?

Conforme a Price Waterhouse v. Hopkins y la ley de California, un empleador discrimina por razón de sexo cuando penaliza a un empleado por no ajustarse a los roles o características de género esperados. Algunos ejemplos incluyen:

  • Una mujer criticada por ser “demasiado agresiva” mientras hombres con el mismo comportamiento son elogiados
  • Un hombre penalizado por tomar licencia de paternidad
  • Un empleado transgénero sancionado por no ajustarse a la expresión de género esperada

Consulte nuestra guía sobre las leyes antidiscriminación de California.

3. ¿Pueden los hombres presentar reclamaciones por discriminación por sexo?

Sí. Las leyes contra la discriminación por sexo y género protegen a empleados de todos los géneros. Los hombres que son ignorados para ascensos en favor de mujeres menos calificadas, reciben un salario inferior o son objeto de acoso basado en el sexo tienen los mismos derechos legales bajo la FEHA y el Título VII.

4. ¿Qué sucede si la discriminación es sutil, por ejemplo, si me excluyen de reuniones?

La discriminación de género sutil o sistemática puede dar lugar a una acción legal. Ser excluido de forma constante de oportunidades de liderazgo, recibir proyectos menos prestigiosos o ser evaluado con estándares distintos puede respaldar una reclamación por discriminación cuando existe una relación con su género. Nuestros abogados analizan patrones de conducta para construir casos sólidos a partir de pruebas circunstanciales. Consulte nuestra descripción general de las leyes federales y de California contra la discriminación.

5. ¿Cuál es la diferencia entre discriminación por sexo y acoso sexual?

El acoso sexual es una forma de discriminación por sexo que implica insinuaciones sexuales no deseadas, solicitudes de favores sexuales u otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual que sean:

  • Quid pro quo: La aceptación de una conducta sexual es una condición para el empleo o para decisiones laborales
  • Ambiente laboral hostil: La conducta es lo suficientemente grave o generalizada como para alterar los términos y condiciones de empleo

Ambas formas están prohibidas bajo la FEHA y el Título VII.

6. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una reclamación por discriminación de género?

Plazos de presentación:

  • Reclamaciones bajo la FEHA: Presente la reclamación ante el CRD dentro de los tres años siguientes al acto discriminatorio
  • Reclamaciones bajo el Título VII: Presente la reclamación ante la EEOC dentro de los 300 días
  • Después del aviso de derecho a demandar: Un año bajo la FEHA o 90 días bajo el Título VII para presentar una demanda

Las pruebas pueden desaparecer rápidamente una vez que termina la relación laboral. Comuníquese de inmediato con un abogado.

7. ¿Qué compensación puedo recuperar en un caso de discriminación de género?

Las víctimas de discriminación de género en California pueden recuperar:

  • Salarios atrasados y beneficios
  • Salarios futuros (pérdida de ingresos futuros)
  • Daños compensatorios por angustia emocional
  • Daños punitivos bajo la FEHA por conducta maliciosa
  • Honorarios y costos de abogados
  • Reincorporación
8. ¿Mesriani Law Group cobra honorarios por adelantado en casos de discriminación de género?

No. Representamos a clientes en casos de discriminación de género con honorarios de contingencia , lo que significa que usted no paga nada a menos que ganemos su caso. No existe riesgo financiero al llamarnos para una consulta gratuita.

Defendiendo a empleados contra la discriminación por sexo y género en los lugares de trabajo de Los Ángeles

Todo empleado merece ser evaluado por sus calificaciones, no por su género. Nuestros abogados de discriminación de género en Los Ángeles reúnen las pruebas y luchan para exigir plena responsabilidad, sin costos iniciales.

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Puede negociarse un acuerdo favorable antes de que la reclamación llegue a juicio.

Paso 5:
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Si no se llega a un acuerdo, nuestros abogados litigantes lucharán para proteger sus derechos y obtener la compensación que corresponda.

Lo que dicen nuestros clientes

«No puedo destacar lo suficiente su nivel de profesionalismo y eficacia. Fue excelente trabajar con Rodney y con todo el equipo de Mesriani Law Group. La compensación que obtuvieron para mí superó mis expectativas. Los recomiendo ampliamente. Con Mesriani Law Group estará en buenas manos si tiene un accidente. Se encargarán de su caso como nadie más y buscarán obtener la máxima compensación que usted merece.«

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George Yadegar

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Maya R.
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