RECLAMACIONES BAJO FEHA Y TÍTULO VII

Abogados de discriminación laboral que protegen los derechos de los empleados en Los Ángeles

El Título VII federal y la FEHA de California protegen a los empleados contra la discriminación por raza, sexo, religión, origen nacional y otras características protegidas. La FEHA suele ofrecer protecciones más amplias que la ley federal por sí sola. Si recibió un trato injusto en el trabajo por quién es, podemos ayudarle a presentar su reclamación y buscar la compensación que le corresponde.

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Abogados galardonados de discriminación laboral

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Si necesita un abogado de discriminación laboral en Los Ángeles, Mesriani Law Group está aquí para ayudarle. La discriminación laboral ocurre cuando un empleador trata de manera menos favorable a un empleado o solicitante de empleo debido a una característica protegida, como la raza, el género, la edad, una discapacidad, la religión, el origen nacional, la orientación sexual o cualquier otra característica protegida por las leyes de California o federales.

En Mesriani Law Group, nuestros abogados de discriminación laboral en Los Ángeles representan a trabajadores en todo tipo de reclamaciones por discriminación conforme a la FEHA de California y al Título VII federal. Contamos con más de 30 años de experiencia reuniendo las pruebas necesarias para exigir responsabilidades a los empleadores cuando intentan ocultar decisiones discriminatorias detrás de justificaciones aparentes. Todos los casos se manejan con honorarios de contingencia: usted no paga nada a menos que ganemos.

¿Qué es la discriminación laboral según la ley de California?

La discriminación laboral ocurre cuando un empleador toma una medida laboral adversa contra un empleado o solicitante debido a una característica protegida. Conforme a la FEHA (Código de Gobierno § 12940 y siguientes) y al Título VII federal, las características protegidas incluyen. Consulte nuestra guía completa sobre las leyes de California contra la discriminación:

  • Raza, color y origen étnico
  • Sexo, género e identidad o expresión de género
  • Orientación sexual
  • Origen nacional y ascendencia
  • Religión y credo religioso
  • Edad (40 años o más conforme a la FEHA y la ADEA)
  • Discapacidad física y mental
  • Embarazo, parto y afecciones médicas relacionadas
  • Afección médica (incluidos el cáncer y las características genéticas)
  • Estado civil
  • Condición militar y de veterano
  • Información genética

Una medida laboral adversa incluye el despido, descenso de puesto, reducción salarial, negativa a contratar, negativa a ascender, condiciones de trabajo desiguales y cualquier otra decisión que afecte de manera sustancial los términos y condiciones del empleo. Consulte nuestra guía sobre quién está protegido por la FEHA de California.

Cómo se demuestra la discriminación laboral: el marco probatorio

Los empleadores rara vez admiten que han discriminado. Los tribunales de California y federales aplican marcos establecidos para evaluar si la razón expresada por el empleador es genuina o un pretexto:

Prueba directa

Declaraciones o documentos explícitos que demuestran que una característica protegida influyó en una decisión laboral, como un correo electrónico de un gerente que busca “energía más joven”, una evaluación de desempeño que hace referencia a una discapacidad o mensajes que expresan prejuicios. Es una prueba contundente, aunque poco común.

Trato desigual: distribución de cargas de McDonnell Douglas

La mayoría de los casos de discriminación laboral se tramitan bajo la teoría de trato desigual utilizando el marco McDonnell Douglas. Consulte nuestro resumen de las leyes federales y de California contra la discriminación laboral:

  1. El empleado establece un caso prima facie: pertenece a una clase protegida, estaba calificado para el puesto, sufrió una medida adversa y recibió un trato diferente al de empleados en situaciones similares que no pertenecían a la clase protegida.
  2. La carga pasa al empleador, quien debe presentar una razón legítima y no discriminatoria para la medida adversa.
  3. El empleado debe demostrar que la razón expresada por el empleador es un pretexto, es decir, una justificación falsa que oculta el verdadero motivo discriminatorio.

Las pruebas de pretexto pueden incluir inconsistencias en la razón proporcionada, desviaciones de los procedimientos habituales, trato diferente a empleados comparables, cercanía temporal entre una actividad protegida y una medida adversa y declaraciones discriminatorias de quienes toman las decisiones.

Impacto desigual

Una política aparentemente neutral que tiene un impacto adverso desproporcionado sobre un grupo protegido puede constituir discriminación ilegal incluso sin intención discriminatoria. El empleado demuestra una disparidad estadística, el empleador debe demostrar una necesidad empresarial y el empleado puede entonces demostrar que existe una alternativa menos discriminatoria. Esta teoría es común en procesos de contratación, evaluaciones y ascensos.

Tipos de reclamaciones por discriminación laboral que manejamos

Discriminación racial

Trato discriminatorio en cualquier etapa del empleo debido a la raza, el color o el origen nacional, incluidas reclamaciones por acoso racial y ambiente laboral hostil. Consulte nuestra página sobre discriminación racial.

Discriminación por sexo y género

Trato desigual por razón de sexo o género, incluida la discriminación por embarazo, diferencias salariales y falta de adaptaciones para afecciones relacionadas con el embarazo. Consulte nuestra página sobre discriminación de género.

Discriminación por edad

Discriminación contra trabajadores de 40 años o más conforme a la FEHA (empleadores con 5 o más empleados) y la ADEA (20 o más empleados), incluidos despidos discriminatorios, ascensos denegados y jubilación forzada. Consulte nuestra página sobre discriminación por edad.

Discriminación por discapacidad

Discriminación basada en una discapacidad física o mental, incluida la falta de adaptaciones razonables y la falta de participación en el proceso interactivo. Consulte nuestra página sobre discriminación por discapacidad conforme al Código de Gobierno § 12940(n) de la FEHA.

Discriminación religiosa

Discriminación basada en creencias o prácticas religiosas, incluida la falta de una adaptación religiosa razonable. Consulte nuestra página sobre discriminación religiosa.

Discriminación por embarazo

Discriminación por embarazo, parto o afecciones médicas relacionadas. La PDL y la CFRA de California ofrecen protecciones estatales adicionales. Consulte nuestra página sobre discriminación por embarazo.

Discriminación por orientación sexual e identidad de género

La FEHA protege expresamente la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género. Bostock v. Clayton County (2020) extendió las protecciones del Título VII a estas características conforme a la ley federal.

Discriminación por origen nacional

Discriminación basada en el origen nacional, la etnia, la ascendencia o el acento, incluida la discriminación relacionada con el idioma sin una justificación empresarial legítima.

Medidas laborales adversas comunes

  • Despido o terminación injustificada basada en una característica protegida. Consulte nuestra página sobre despido injustificado
  • No contratar a un solicitante calificado
  • No conceder un ascenso
  • Descenso de puesto o reducción de funciones laborales
  • Diferencias salariales frente a empleados en situaciones similares fuera de la clase protegida
  • Medidas disciplinarias diferentes
  • Ambiente laboral hostil: acoso tan grave o generalizado que altera los términos y condiciones del empleo
  • Despido constructivo: condiciones tan intolerables que una persona razonable se vería obligada a renunciar

Muldrow v. City of St. Louis (2024): La Corte Suprema de Estados Unidos determinó que un traslado de puesto u otro cambio en el lugar de trabajo puede constituir una medida laboral adversa incluso sin una reducción de salario o rango. Consulte nuestro análisis sobre qué se considera una medida laboral adversa, siempre que cause algún perjuicio a los términos y condiciones del empleo.

El proceso administrativo: CRD y EEOC

  • Reclamaciones bajo la FEHA: Presente una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) dentro de los tres años posteriores al acto discriminatorio. Después de recibir un aviso de derecho a demandar, dispone de un año para presentar una demanda.
  • Reclamaciones bajo el Título VII / ADEA / ADA: Presente un cargo ante la EEOC dentro de los 300 días posteriores al acto discriminatorio. Después de recibir un aviso de derecho a demandar, dispone de 90 días para presentar una demanda.

Nuestros abogados se encargan de todo el proceso administrativo. Si su empleador tomó represalias contra usted por presentar una queja, consulte nuestra página sobre represalias laborales. Le asesoramos sobre si la FEHA ante un tribunal estatal de California o la vía federal ofrece el foro más favorable. En la mayoría de los casos de Los Ángeles, las reclamaciones bajo la FEHA en tribunales estatales de California brindan mayores protecciones y un mayor potencial de compensación.

¿Qué compensación puede recuperar?

  • Salarios atrasados: Salarios y beneficios perdidos desde la fecha del acto discriminatorio
  • Salarios futuros: Ingresos futuros perdidos si la reincorporación no es viable
  • Daños compensatorios: Angustia emocional, humillación y daño a la reputación profesional
  • Daños punitivos: Disponibles bajo la FEHA por conductas maliciosas u opresivas; limitados bajo el Título VII según el tamaño del empleador
  • Honorarios de abogados y costas: Los demandantes que prevalecen pueden recuperar honorarios de abogados tanto bajo la FEHA como bajo el Título VII
  • Reincorporación: Una orden judicial que exige al empleador volver a contratarlo, aunque con frecuencia se sustituye por salarios futuros

¿Por qué elegir Mesriani Law Group?

  • Más de 30 años representando a empleados en casos de discriminación laboral en Los Ángeles y en todo California
  • Cientos de millones de dólares recuperados para nuestros clientes
  • Amplias herramientas probatorias: datos comparativos de empleados, análisis estadístico, comunicaciones internas y desarrollo de testigos
  • Experiencia estratégica para elegir entre la FEHA y el Título VII según el foro más conveniente
  • No gana, no paga: usted no paga nada a menos que ganemos
  • Disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana, en inglés, español y farsi

Política de no pagar honorarios si no ganamos

En Mesriani Law Group ofrecemos una garantía de no pagar honorarios si no ganamos. Usted no nos paga nada si no ganamos su caso.

Trayectoria comprobada

Mesriani Law Group fue fundado en 1996 y desde entonces ha mantenido una excelente reputación al recuperar cientos de millones de dólares para sus clientes.

Abogados con experiencia en discriminación laboral en Los Ángeles

Rodney Mesriani y su equipo de abogados altamente capacitados y reconocidos cuentan con más de tres décadas de experiencia conjunta y están plenamente comprometidos con la defensa de las víctimas de discriminación laboral.

Clientes satisfechos

Mesriani Law Group representa a clientes en todo el sur de California y ha recibido las más altas calificaciones en Yelp, AVVO, Google y otras plataformas. Nuestro bufete es reconocido por su comunicación directa y su excelente servicio al cliente.

Personal multilingüe

El equipo multilingüe del bufete habla farsi, español e inglés. Nuestro personal profesional y atento estará encantado de responder cualquier pregunta que pueda tener.

Disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana

Estamos disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana para consultas telefónicas. Si nuestros clientes no pueden reunirse con nosotros en la oficina, podemos coordinar una reunión en el lugar y horario que les resulte conveniente.

Comuníquese hoy al (866) 500-7070 o envíenos un mensaje en línea para programar una consulta gratuita

El proceso de Mesriani Law Group.

Mesriani Law Group ofrece representación y servicios de litigio bajo la modalidad No Win, No Fee. Esto significa que nuestros abogados solo reciben honorarios si usted gana.

Paso 1:
Obtenga una consulta gratuita

Envíe los detalles de su reclamación y programe una consulta gratuita con un abogado calificado que analizará su caso.

Paso 2:
Firme un contrato

Antes de presentar una demanda, se preparará un acuerdo vinculante de honorarios de contingencia que será firmado por ambas partes.

Paso 3:
Investigación

Nuestros abogados investigarán su reclamación para determinar si hubo negligencia, malicia o conducta indebida.

Paso 4:
Negocie un acuerdo

Puede negociarse un acuerdo favorable antes de que la reclamación llegue a juicio.

Paso 5:
Litigue en los tribunales

Si no se llega a un acuerdo, nuestros abogados litigantes lucharán para proteger sus derechos y obtener la compensación que corresponda.

Lo que dicen nuestros clientes

«No puedo destacar lo suficiente su nivel de profesionalismo y eficacia. Fue excelente trabajar con Rodney y con todo el equipo de Mesriani Law Group. La compensación que obtuvieron para mí superó mis expectativas. Los recomiendo ampliamente. Con Mesriani Law Group estará en buenas manos si tiene un accidente. Se encargarán de su caso como nadie más y buscarán obtener la máxima compensación que usted merece.«

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Valorado con 5 de 5
George Yadegar

«Después de contactar a muchos abogados y bufetes para hablar sobre mi problema legal, tuve la suerte de encontrar Mesriani Law Group. Se tomaron el tiempo de escuchar pacientemente todos los detalles de mi caso y me mantuvieron informado con regularidad durante todo el proceso. Su equipo respondió rápidamente y siempre estuvo disponible tanto por correo electrónico como por teléfono. Rodney Mesriani y su equipo hicieron un trabajo fantástico. También quiero mencionar que Cory, Stephan y Brandon fueron de gran ayuda durante todo el proceso.
Recomiendo ampliamente este bufete.
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Valorado con 5 de 5
Ali Daneshgar

«Mi compañía de seguros me estaba dando largas después de un terrible accidente automovilístico en el que estuve involucrada. Estaba muy frustrada hasta que contacté a Rodney y a su equipo. Su personal no solo fue sumamente profesional, sino que realmente se preocupó por mí y se mantuvo en contacto. Mi caso ya se resolvió y no podría estar más satisfecha. Espero no volver a tener otro accidente, pero si sucede, ya sé a dónde acudir. ¡Gracias por apoyarme, Rodney!«

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Maya R.
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